Desde el TSE advierten que fallo a favor de Yahuasi afectará el principio de preclusión y la transición en La Paz


“Si sucediera esta situación (la segunda vuelta), habría que ver que esto afecta el periodo de mandato de la siguiente autoridad, ‎dejaría en un vacío a la Gobernación, porque el 3 de mayo sustituyen y se van todas las autoridades electas en la anterior elección”, afirmó el secretario de cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Fernando Arteaga.

El secretario de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Fernando Arteaga. Foto: TED de La Paz



Por eju.tv / La Paz

Este jueves, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz resolverá los dos recursos legales presentados por el excandidato a la Gobernación de La Paz, René Yahuasi, y de lograr un fallo favorable que le permita ir a una segunda vuelta, se afectará el principio de preclusión, el sistema electoral y la transición a las nuevas autoridades que debe concretarse como máximo el 3 de mayo.

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Así lo advirtió el secretario de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Fernando Arteaga, quien, además, definió como “extraña” la medida cautelar emitida por esa sala que pone en suspenso temporal los efectos del auto TSE-RSP N° 064/2026 de 1 de abril de 2026 y la resolución jurisdiccional TSE-RSP-JUR 01266/2026 de 06 de abril de 2026, que dejaron sin segunda vuelta al departamento de La Paz y se proclamó gobernador electo de La Paz al exalcalde Luis Revilla, de la alianza Patria Sol.

“Evidentemente (las decisiones de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz) ponen una situación complicada al Tribunal Supremo Electoral ‎que está ejecutando un calendario electoral ya previsto, ‎pero además dejan incertidumbre las decisiones que vaya a tomar la sala constitucional, ‎en este caso que ha dispuesto, además, una medida cautelar un poco extraña ‎porque es un tema que debería decidirse en el fondo; sin embargo ya ha emitido esta medida cautelar que dispone ‎provisionalmente dejar sin efecto estas resoluciones ‎cuando este es un tema que debería decidir en el fondo”, explicó en una entrevista con radio Fides.

Argumentó que no correspondía emitir una medida cautelar porque ésta se dispone cuando hay un peligro inminente, cierto e inevitable, ‎algo que vaya a producir algún daño, lo que no se configura en el caso de Yahuasi.

En criterio de Arteaga, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz “estaría adelantando el criterio” porque con la medida cautelar ya considera que hay vulneraciones y su fallo iría en ese sentido.

De forma puntual, Yahuasi impugnó la resolución TSE-RSP N° 064/2026 de 1 de abril de 2026 por el cual el TSE aceptó la solicitud de Nueva Generación Patriótica (NGP), que lo postuló a la Gobernación de La Paz, de declinar su participación en la segunda vuelta de este 19 de abril y declaró ganador a Revilla.

Además, impugnó la resolución TSE-RSP-JUR 01266/2026 de 06 de abril de 2026 por el cual el TSE rechazó el recurso extraordinario de revisión del señor Yahuasi que pedía revisar la primera decisión alegando que sus derechos fueron vulnerados.

Arteaga instó a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz no solo a valorar los reclamos del excandidato, sino la Constitución, las leyes que rigen los procesos electorales y los plazos para la renovación de las autoridades departamentales.

“Se debe valorar no solo estos elementos, sino que se estaría afectando el principio de preclusión porque ya se está ejecutando calendario electoral, ya han sido superadas varias de las fases del calendario electoral y además que el día domingo va a ser la segunda vuelta en cinco departamentos y toda la parte logística administrativa e inclusive presupuestaria concluye el domingo”, argumentó.

Enfatizó que no se podrá “retrotraer ningún acto hacia atrás si dispusiera otra cosa a la sala constitucional” lo que daría lugar a organizar una segunda vuelta en el departamento de La Paz.

“Si sucediera esta situación, habría que ver que esto afecta el periodo de mandato de la siguiente autoridad, ‎dejaría en un vacío a la Gobernación, porque el 3 de mayo sustituyen y se van todas las autoridades electas en la anterior elección, ‎afectaría este principio de preclusión que es sagrado en tema electoral, ‎afectaría al mismo sistema electoral, porque estaría reconfigurando una nueva forma de candidatura, ‎porque tendría que habilitarlo al señor Yahuasi sin partido, porque NGP ha tomado una decisión partidaria y orgánica, ‎salvo que le obliguen a NGP a otra cosa, que no creo que haga eso una sala constitucional”, dijo.

Por ello, dijo que la decisión de la sala constitucional tiene que ser muy sabia, enmarcada en la Constitución, porque de lo contrario, estaría afectando muchas situaciones normadas, ‎tanto en la Constitución como en las leyes.