Ley que libera de impuestos y condona deudas a la Iglesia Católica entrará en vigencia en 30 días


La directora de la ATM Liliana Chávez explicó que la norma beneficia a entidades sin fines de lucro, bajo condiciones específicas. Señaló que la reglamentación será aprobada en un plazo de 30 días tras la promulgación de la ley.

La directora de la Administración Tributaria Municipal (ATM) Liliana Chávez / Brújula Digital

Fuente: Brújula Digital

La directora de la Administración Tributaria Municipal (ATM) Liliana Chávez precisó los alcances de la Ley Municipal 619, que establece la exención de impuestos y la condonación de multas, intereses y sanciones para bienes inmuebles y vehículos de la Iglesia Católica y entidades sin fines de lucro en la ciudad de La Paz. Esta deberá ser reglamentada y en 30 días entrará en vigencia.



Chávez explicó que la norma tiene un alcance amplio y abarca distintas instancias eclesiásticas. “La Iglesia Católica abarca arquidiócesis, diócesis, parroquias, congregaciones religiosas, órdenes, monasterios y otros”, señaló. Asimismo, detalló que el beneficio también alcanza a organizaciones sin fines de lucro que desarrollan labores sociales. “Entre las entidades sin fines de lucro se encuentran las religiosas de caridad, beneficencia, asistencia social, educativas, ecológicas, artísticas, literarias, deportivas, políticas y profesionales”, indicó.

La autoridad ejemplificó que este tipo de instituciones incluye centros de acogida y apoyo social. “Por ejemplo, instituciones que se dedican a hogares de acogida, servicios hospitalarios y otros, como el Hogar de Acogida San José que brinda almuerzos para quienes no tienen sustento”, mencionó. También destacó el caso de organizaciones que apoyan a familias en situación crítica. “Otro ejemplo es la Fundación Nuestra Esperanza, que se dedica a acoger a gente con problemas de cáncer”, agregó.

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Chávez aclaró que la ley no establece un listado cerrado de beneficiarios. “En el marco de la Ley 619 no se describe un listado, pero contempla a todas las entidades sin fines de lucro y a la Iglesia Católica, así como a las instituciones religiosas que tengan vehículos e inmuebles registrados en la alcaldía”, explicó.

Requisitos y reglamentación

La directora de la ATM remarcó que, para acceder a estos beneficios, las instituciones deben cumplir ciertos requisitos formales. “Las entidades deben contar con su personería jurídica, estatutos y que sus vehículos e inmuebles estén registrados en el padrón de contribuyentes”, sostuvo y añadió que la aplicación de la norma dependerá de su reglamentación.

En cuanto a la condonación de deudas, Chávez aclaró que no es automática. “Para la condonación se debe pagar el tributo omitido de las gestiones pasadas”, puntualizó.

La Ley Municipal 619, promulgada el pasado 13 de abril por el alcalde Iván Arias, busca otorgar seguridad jurídica y aliviar la carga tributaria de instituciones que realizan labores sociales, educativas y religiosas.

Además, contempla la condonación total de multas, intereses y sanciones acumuladas entre las gestiones 2012 y 2025, siempre que las instituciones regularicen el pago del tributo omitido hasta el 31 de diciembre de 2026.

BD/LE/MZS