Santa Cruz: La familia Crapuzzi no figura en el plano original ni en las expropiaciones del Mutualista


Documentos históricos y comprobantes de pago evidencian que el terreno perteneció a cinco familias, y entre ellas no figura la que hoy reclama la propiedad del predio. Su registro reciente es cuestionado por presuntas irregularidades.

Deisy Ortiz y Carmela Delgado



La concejala Lola Terrazas muestra el plano sepia original de las casi cinco hectáreas y el que supuestamente fue adulterado. Foto: Ricardo Montero

 

Fuente: eldeber.com.bo

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El plano sepia incluido en el legajo de documentos que sustenta la defensa del terreno del Mutualista certifica que los predios pertenecieron originalmente a cinco familias y entre ellas no figura la de Miguel Crapuzzi Direnzo, que ahora demanda el derecho propietario del predio de casi cinco hectáreas y valuado en cerca de 200 millones de dólares.

 Entre las páginas que componen las carpetas referentes al derecho propietario de la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra también hay comprobantes de egresos que acreditan el pago por expropiaciones a las familias que eran dueñas y poseedoras.

En este legajo hay un plano sepia (de uso interno) con más de cuatro décadas de antigüedad, extraído de archivos digitalizados en 2018, en el que se identifican como propietarios a las familias Bass Lijerón, Grunbaum Bass, Jesús Vía Soliz, los hermanos Domínguez y Marcelino Prado Muñoz / TOA Ltda.

La concejala Lola Terrazas, quien ha defendido la propiedad de los predios a favor del municipio en distintas instancias, hace notar que recién en los últimos tres años aparece la familia Crapuzzi reclamando estos terrenos.

Terrazas señala que el 20 de junio de 2024, a solicitud de un concejal de UCS, el Ejecutivo Municipal remitió un plano en el que, en la M-3 de la Unidad Vecinal 17, recién figura el nombre de Miguel Crapuzzi Direnzo.

La edil insiste en que el documento fue adulterado, porque el nombre del nuevo dueño fue anotado con marcador, contrariamente a lo acostumbrado en estas láminas, en las cuales las anotaciones se hacen con lápiz grafito.

Añade que el 15 de enero de 2025, en una petición de informe oral, la secretaria de Planificación y otros dos funcionarios admitieron que el plano tenía alternaciones.

Otra de las contradicciones que saltan en este proceso es que el nombre del demandante se coloca en un sector, pero ahora la familia reclama todo el terreno donde está el mercado.

Las expropiaciones

Los documentos a los que accedió EL DEBER muestran que el proceso de expropiación del terreno se inició con una Ordenanza Municipal de 1985, en la que se declara “de necesidad y utilidad pública el predio comprendido dentro del Área de Equipamiento Terciario (ET-3), según nomenclatura del Plan Regulador de la ciudad entre las avenidas Alemania y Mutualista”.

Estos terrenos, divididos en sectores, debían ser destinados a la construcción de un mercado distrital, de lagunas de regularización de aguas pluviales, y terrenos de reserva municipal.

Entre las carpetas figuran documentos de expropiación de 12 mil metros cuadrados a la empresa TOA, que se hizo mediante resolución del 24 de mayo de 1989, firmada por entonces alcalde Bernardo Saucedo Chávez.

Según consta, el municipio cruceño acordó con TOA el pago de Bs 279.182, que deberían cancelarse en tres cuotas de Bs 93.060. Uno de los comprobantes de pago tiene fecha del 24 de mayo de 1989.

Otro comprobante de egreso, con fecha del 9 de mayo de 1994, demuestra que el Gobierno Municipal  pagó la suma de Bs 201.799 al apoderado de la familia Domínguez Justiniano por la expropiación de nueve mil metros cuadrados.

El comprobante fue firmado por el Departamento de Contabilidad, la Dirección de Finanzas y la oficina del Oficial Administrativo de aquel entonces. El pago se sustenta en una resolución administrativa firmada en 1993 y fue realizado un año después de que la familia Domínguez reclamara, vía judicial, el pago de justiprecio a la Alcaldía que estaba en mora.

En el legajo también figuran cartas y publicaciones en los diarios de la época, que evidencian comunicaciones entre las cinco familias propietarias dentro del área ET-3, CRE y Saguapac.

Antes de resignarse a entregar sus predios, las cinco familias enviaron misivas a las cooperativas, manifestando su oposición a la instalación de servicios, y cuestionando que la Alcaldía permitiera el “asentamiento transitorio”, que ya iba levantando edificaciones, propiciadas por algunas ordenanzas municipales.

La concejala Terrazas hace notar que, en ninguno de los documentos históricos, comprobantes de egreso y solicitudes de pago que hacían las familias, aparecen los Crapuzzi. Por eso, asegura que siempre ha defendido, ante la ciudadanía y las instancias correspondientes, la propiedad del terreno.

Según Terrazas, incluso la Sentencia Constitucional 0531/2024-S3, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que concede la tutela del terreno a la familia Crapuzzi, objeta la Ley Autonómica Municipal Nº 417, pero no así la tradición histórica de los terrenos en favor del Gobierno Municipal.

Esta norma, de diciembre de 2016, declaraba como bien de dominio público el terreno del Mutualista, pero fue derogada en 2024 por el Concejo Municipal en cumplimiento de una sentencia constitucional, generando controversia sobre la propiedad de dicho predio.

Se pagó por otros terrenos

Por su parte, Waminqa Serrano, abogado de la familia Crapuzzi, insiste en que el Gobierno Municipal pagó por expropiaciones de terrenos pero que están ubicados en otra zona, ya que el predio del mercado Mutualista fue siempre de la familia accionante.

Serrano también cuestiona el trabajo de la comisión interinstitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que analiza el conflicto por los predios y denuncia que, hasta el momento, no han sido convocados ni escuchados.

 Jerjes Justiniano Atalá, otro de los abogados de Crapuzzi, informó que junto a los apoderados legales intentaron presentarse ante esta instancia en el Palacio de Justicia, el pasado lunes, pero no lograron ubicar dónde se realizaban las reuniones ni obtener información oficial.

Aseguró que durante los años de disputa legal nunca se ha presentado una demanda que cuestione la legalidad de los documentos de propiedad de Crapuzzi.

Según el abogado Justiniano, existe una sentencia constitucional que reconoce el derecho propietario de su cliente y deja sin efecto actos que habrían sido cometidos por el Gobierno Municipal, entre ellos una ley municipal y registros en Derechos Reales.

La comisión del TSJ se fijó tres días de plazo para emitir los informes conclusivos.